EL BITCOIN Y LA TECNOLOGÍA BLOCKCHAIN, ESTÁN AQUÍ PARA QUEDARSE

El pasado 23 de febrero el Parlamento Europeo publicó el Proyecto de Informe sobre monedas virtuales (2016/2007(INI)) cuyo contenido indica que para esta institución comunitaria el Bitcoin y la tecnología de registros distribuidos (TRD) o cadena de bloques (o “Blockchain”, en su término en inglés) ya no son de carácter incipiente, como se ha venido diciendo hasta ahora por la mayoría de las instituciones y autoridades, si no que es una realidad de carácter mundial.

Como se desprende de dicho documento, la opinión del Parlamento Europeo está basado en numerosos documentos anteriores emitidos por la Autoridad Bancaria Europea, por bancos centrales de algunos países, por La Oficina Europea de Policía (Europol), por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), por la Comisión y por el Consejo de la UE sobre el refuerzo de la prevención de la financiación del terrorismo, entre otros. También se basa en los estudios sobre el IVA y las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE que examinan la naturaleza fiscal de las monedas virtuales; la consulta sobre inversión de la European Securities and Markets Authority (ESMA) etc.

El Parlamento Europeo tiene en cuenta los siguientes datos clave:

  • Que existen más de 600 monedas virtuales basadas en Blockchain(entiendo que incluye los numerosos proyectos que pueden estar incubándose ya que el número del que tenía conocimiento hasta ahora era bastante menor);
  • que de éstas, el 90% del mercado lo abarca el “proyecto madre”, el Bitcoin, con una capitalización de 5.000 millones de euros;
  • que la Blockchain tiene la capacidad de procesar numerosas transacciones a alta velocidad lo que supone que el área del fintech puede aprovecharla para muchos usos; y
  • que la inversión actual Blockchain es de más de 1.000 millones de euros de capital riesgo y de inversión empresarial.

Enumera un listado de ventajas y riesgos que existen por el uso de la tecnología Blockchain que pueden resumirse de la siguiente forma:

 

Ventajas

Riesgos

  • Contribución al desarrollo económico y al bienestar de los consumidores al reducir los costes de transacción de pagos respecto a los sistemas tradicionales (podrían reducirse los costes totales hasta 20.000 millones de euros), así como los costes de acceso a la financiación sin una cuenta bancaria tradicional
  • Aumento de celeridad y resiliencia de los sistemas de pagos debido al sistema descentralizado (incluso si hubiera problemas en la red o intrusión informática).
  • Costes de transacción bajos y elevado grado de privacidad (sin anonimato total con la posibilidad de rastreo en caso de infracción).
  • Aunar sistemas que faciliten su uso y/o fusionen el desarrollo de sistemas de micropagos en línea, como posible sustitución de los actuales (precisan excesivos datos) y otros mecanismos de pago en una aplicación segura y fácil de usar.
  • Potencial para acelerar, descentralizar, automatizar y normalizar procesos basados en datos que podría modificar las modalidades de transferencia de activos y tenencia de registros (consecuencias para el sector privado y para el sector público: como prestador de servicios, supervisor y legislador).
  • Potencial para aportar mayor eficiencia, rapidez y resiliencia de los procesos de compensación y liquidación y otros procesos de gestión posnegociación (que actualmente suponen más de 50 000 millones de euros anuales para el sector financiero global).
  • Potencial de contratos inteligentes.
  • Potencial reducción de la notable brecha del IVA en la UE (168.000 millones de euros actualmente).
  • Potencial uso delictivo: blanqueo de dinero, financiación del terrorismo[1] y fraude fiscal.
  • Ausencia de estructuras de gobernanza flexibles y fiables (especialmente en Bitcoin) que podrían suponer incertidumbre y problemas de protección de los consumidores. [2]
  • Capacidad a veces limitada de los reguladores en el ámbito de las nuevas tecnologías, dificultando la definición de salvaguardias adecuadas que garanticen un funcionamiento correcto y fiable de las aplicaciones de Blockchain ante su posible crecimiento.
  • Inseguridad jurídica que puede ser objeto en ocasiones de legislación vigente o incluso pudiendo faltar una regulación adecuada. (Por ello, el Parlamento incide otra vez en la necesidad de aumentar la capacidad reguladora ante su posible relevancia sistémica).

 

Por todo ello, el Parlamento recomienda una regulación inteligente con miras a fomentar la innovación y a garantizar la integridad.

Insiste en la importancia de no asfixiar la innovación y adaptar las Directivas pertinentes a la tecnología Blockchain y a las monedas virtuales.Para la gestión de todo ello pide a la Comisión la creación de un grupo de trabajo a fin de que este aporte los conocimientos técnicos para apoyar los esfuerzos los agentes públicos pertinentes, al nivel de la Unión y de los Estados miembros, por ofrecer una respuesta oportuna y bien fundada a las nuevas oportunidades y desafíos que surgen con la introducción de aplicaciones de la Blockchain.
En cuanto a la naturaleza de este Proyecto de Informe, hemos de recordar que no son de carácter vinculante ni de aplicación directa para los Estados miembros pero son una importante herramienta de trabajo y política para el Parlamento en las fases tempranas de la elaboración de una legislación.
Habrá que seguir muy de cerca la repercusión de este documento en el Consejo y en la Comisión, pues de lo que no hay duda es que los días en los que el Blockchain y las monedas virtuales no estaban en las agendas de los gobiernos de los Estados miembros han llegado a su fin.
Patricia Lalanda, 10 de marzo 2016

[1]  Aunque la Europol señaló el día 18.1.2016 que la financiación al terrorismo no ha sido confirmada por autoridades policiales.

[2]  Especialmente en problemas no previstos por los diseñadores del software original.

Acceso al texto del Proyecto de Informe:

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