En Marzo y Abril, sentencias mil

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En los meses de marzo y abril de este año han eclosionado numerosas sentencias judiciales respecto a asuntos de variada naturaleza relacionadas con los juegos de azar en España.

Por diversas razones, la información judicial sobre esta materia es escasa, y muchas veces la lentitud de los procesos de los procesos hace que las resoluciones litigiosas hayan perdido actualidad.  Además, y en materia tributaria, tradicionalmente las decisiones últimas se adoptaban en los Tribunales inferiores, y no se alcanzaba una unanimidad en el criterio decisor, lo que ha cambiado en la reciente modificación de las leyes procesales.

La sentencias y resoluciones dictadas o conocidas en estos últimos meses son abundantes, y como muestra apuntaremos algunas de ellas:

La Sentencia de la Audiencia Nacional de 8 de marzo resuelve en primera instancia sobre la validez de la limitación de distancias entre salones de juego de la Comunidad Valenciana, y declara nulo un precepto autonómico. (Véase comentario extenso a esta sentencia en el siguiente enlace)

La Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de marzo determina cual es la aplicación del IAE en los salones de juego, y la tributación acumulativa de las máquinas de juegos en ellos instaladas (Véase comentario extenso a esta sentencia. en el siguiente enlace)

La Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 15 de marzo confirma que la base imponible en la tributación de las combinaciones aleatorias se calcula sobre el valor de los premios ofrecidos, no de los realmente pagados.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero confirma en casación la aplicación del régimen sancionador de la Ley 13/2011, de Juego, a los operadores extranjeros ofertantes de juegos online a españoles.

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, de 18 de marzo interpreta a los efectos del IRPF que las ganancias de los jugadores en las partidas de juegos de azar siempre son susceptibles de compensación con las pérdidas, y no sólo desde el ejercicio 2012, en el que se produjo una modificación legal en este sentido.

La Sentencia del JCA 2 de Palma de Mallorca de 10 de abril de 2018 declara inaplicable el régimen sancionador de la actual Ley del Juego de Illes Balears, porque faltó su remisión a Bruselas para cumplir el requisito de Información Pública, y que este incumplimiento de las Directivas Europeas impide sancionar a una entidad con base en dicha Ley.

Toda ellas, y otras adicionales se publican y comentan en nuestra página Web de forma puntual o extensa, (en el apartado “Documentación/ sentencias y resoluciones) o de forma recopilatoria, en  las Actualizaciones Trimestrales de Legislación sobre el Juego.(P. ej. la actualización del 1T 2018, véase en este enlace) .ayudando a comprender mejor los conflictos que se dirimen, y las soluciones que se alcanzan.

Además de las anteriores, es reseñable apuntar que la reciente reforma procesal del recurso de casación, va a permitir que nuevos y variados asuntos lleguen al Tribunal Supremo, que interpretará algunas cuestiones y adoptará decisiones importantes en un plazo relativamente breve. En este bloque podemos mencionar ahora mismo los siguientes asuntos en trámite, anunciados en varios autos del Tribunal Supremo que admiten a trámite ciertos “recursos con interés casacional”:

Auto de 21-12-2017. Sobre el IVA aplicable a la explotación de máquinas en locales de hostelería. En este recurso (y otros muchos muy similares) se decidirá si la exención del IVA aplicable a la operación de las máquinas de juego se extiende a los servicios que conforman la relación económica de la empresa operadora con los titulares de los establecimientos de hostelería, cuando concurre una presunta “coexplotación”. Con ello se resolverá la discrepancia histórica entre las decisiones del TSJ de la C. Valenciana (que sí entiende aplicable la exención) y la opinión de otras Salas Territoriales, que por ahora venían decidiendo lo contrario.

Auto de 20-11-2017. Sobre la venta loterías por Internet. En este recurso se analizará si el régimen sancionador de la Ley 13/2011 es aplicable a la actividad de venta de loterías de SELAE por Internet, cuando los Administradores de Lotería, que son agentes de ventas de SELAE, utilizan los servicios de colaboradores externos para la comercialización a través de páginas Web.

Auto de 31-10-2017. Sobre Publicidad de juegos online en medios audiovisuales que a su vez producen modalidades de juegos de azar a través de dichos medios. En este recurso se determinará si estamos en presencia de “autopromociones prohibidas” y entonces se confirma la aplicación del régimen sancionador de la Ley de Comunicación Audiovisual,

Madrid, 16 de mayo de 2018

NOVEDADES

Alerta noticia desde Loyra Abogados

Comentario sobre la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de noviembre de 2023 que declara la extinción, por desaparición de su objeto, de la cuestión de inconstitucionalidad consecuencia de la reforma sobrevenida de la Ley del Regulación del Juego

El Tribunal Supremo ha dictado hoy la sentencia 527/2024, que anula varios artículos clave del Real Decreto de Comunicaciones Comerciales.

EVENTOS

Presentación del ANUARIO DEL JUEGO 2020

Actividades del ICAM: Sobre e-sports y el RD 958/2020 de Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego.

AGEO. Encuentro para la competitividad del sector del Juego (edición virtual)

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