Illes Balears. Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2017

 width=La Ley 18/2016, de 29 de Diciembre, (B.O.I.B. núm. 164, de 31 de Diciembre) de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2017, introduce algunas novedades sobre la tributación de los juegos de azar en la Comunidad Autónoma.
En su Artículo 37 incluya para el ejercicio 2017 una deducción de la cuota de los casinos de juego, que será el 100% del importe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que se pague como consecuencia del incremento del número medio de mesas de juego, siempre que se mantenga el empleo y se esté al corriente de las obligaciones fiscales y del tributación del juego.
En la Disposición Adicional Tercera se modifica el Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2014 de tributos cedidos, introduciendo las siguientes modificaciones:
– Respecto a los casinos, que la base imponible aplicable a las ganancias de las denominadas Salas accesorias se cuantifica de forma separada a la de las salas principales.
– Respecto a las apuestas, que se establecen en una cuota del 11% sobre las ganancias, salvo apuestas sobre deportes autóctonos, que tributarán al 10%.
Esta Ley entró en vigor el 1 de Enero de 2017

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