MADRID, MADRID, MADRID. Medidas en materia de juego para el año 2012.

MADRID, MADRID, MADRID

“Madrid, Madrid, Madrid, ………pedazo de la España en que nací …….” dice un chotis castizo mundialmente conocido, y que traigo aquí para dedicarle a Madrid algún pequeño comentario antes de finalizar este ajetreado año. Unas últimas noticias invitan a ello.

1. Publicidad y Promoción Libre del Juego a partir del 1-1- 2012:   Contra todo pronóstico de hace unos meses, y contra toda tradición, la política en materia de publicidad de la Ley del Juego de Madrid va a cambiar, pasando a tener como principio la libre publicidad y promoción de los juegos y apuestas, sin necesidad de autorización. Es lo que se propone en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de Madrid para 2012 y sin duda se va a aprobar.  Ello modifica el principio general hasta ahora vigente  que era el contrario (prohibición de publicidad y promoción, salvo excepciones muy contadas); y convierte a Madrid en la más liberal de las CCAA en este aspecto, incluso superando las previsiones de la Ley estatal del Juego. Un cambio de criterio y de política que llega de la mano de las mismas personas que defendían a capa y espada lo contrario. Como la modificación incluye un recordatorio sobre el respeto al juego responsable y a la protección de menores, está por ver si a partir del 1 de Enero próximo esta libertad implicará alguna medida de limitación del  “merchandising dirigido a menores”, que vienen practicando ciertos clubes deportivos y marcas de apuesta, o si los productos dirigidos a menores contendrán la advertencia de que la práctica de juegos (de azar) y apuestas está prohibida a este sector de la población.

2. Cambio de orientación en la Políticas de juego Online en Madrid.  Como se veía venir, la “veleta” del viento regulador sobre los juegos y apuestas mediante canales online ha terminado por orientarse a los vientos más dominantes y prácticos. En algunas reflexiones anteriores ya venía advirtiendo de la imposibilidad de las CCAA de establecer una intervención real en los negocios online, pues estos además de ser más amplios y necesitar más campo que el de los territorios autonómicos, se dirigen principalmente a la esfera particular de los individuos (en sus casas, en sus teléfonos móviles), y  no a los establecimientos físicos donde puede ejercerse la competencia territorial de estas; y las CCAA no tienen ni tiempo ni recursos para atender estas “necesidades” ni garantizar la seguridad técnica que esto requiere. Las disposiciones  de la Ley de Medidas madrileña incluyen unos cuantos preceptos relacionados con este asunto:

– Ya no se contemplará la oferta empresarial de los juegos online como un canal adicional a los juegos de establecimientos autorizados, a partir de ahora se podrán obtener las autorizaciones y explotarse por empresarios “online 100%”, eliminando de raíz esta limitación anterior.

– Se hace una remisión expresa a la normativa estatal en materia de homologación de sistemas técnicos. Esta norma es el paradigma de la vuelta atrás de una particular competencia autonómica “conquistada a base de sentencias del TC” allá por los años 80: las homologaciones estatales servirán para la explotación de los denominados juegos oline “autonómicos”.

– Se adopta en esta materia de autorizaciones una operativa práctica, copiada de la reciente Reglamentación estatal del Juego:   vale para conceder la autorización con una “homologación provisional”, que luego se convertirá en definitiva. Es decir, justo lo contrario que ha sucedido hasta ahora, pues no se otorgaba la autorización hasta la comprobación exhaustiva y definitiva del sistema técnico empleado, y se ha tardado varios años en otorgar las primeras licencias.

En definitiva, una verdadera revolución en este campo, llevada a cabo  y promovida por las mismas personas que defendieron políticas distintas.  La única asignatura pendiente en esta materia, que no se aborda en la Ley de Medidas y  está por ver si también quedará modificada en un futuro próximo:  ¿que justificación legal tiene que solo puedan jugar en estas Páginas Web autorizadas por la CA de Madrid únicamente los madrileños residentes, como ahora ocurre en realidad?. Si la competencia ejercitada es la territorial, y no es otro el título que puede ejercitarse …… ¿no pueden participar en estos juegos los que, sin ser residentes, “están” en la Comunidad de Madrid, en un ordenador o teléfono situado en la Comunidad de Madrid?; esta cuestión parece a la vista de lo demás, ciertamente contradictoria y ridícula. Por último, tampoco parece que sea muy justificable bajo esta perspectiva que la Unidad Central y la réplica estén fuera de la Comunidad de Madrid como aprueba otro de los preceptos de la Ley de Medidas….. ¿es competente, ni siquiera práctico un inspector de juego de Madrid que pretenda inspeccionar una máquina o sistema situado en la India, p. ej., o en Toledo?. En definitiva, no encajará nunca bien el ejercicio de una competencia sobre el juego online “territorial” que, siempre lo hemos dicho, nos ha  llevado a conclusiones asombrosas.

3. Anuncio de inversión milmillonaria de Mr. Adelson en Valdebebas realizada hace unas semanas por el Vicepresidente madrileño, y defendida por la Presidenta.  Un dato real: a día de hoy está prohibida en la legislación de Madrid la participación de capital extracomunitario en casinos de juego que supere un 25% del total invertido (Sent. TSJ Madrid  de 23 de Octubre de 2006). El anuncio por tanto sorprende, pero en este caso no estamos únicamente ante un “cambio de políticas del juego” sino ante un problema de fe, con la necesidad de restregarnos los ojos como cuando nos levantamos y no sabemos si estamos en vigilia o todavía en  un sueño: el sueño de Valdebebas. Por las declaraciones realizadas, el Gobierno de Madrid está dispuesto a todo y ofrece la máxima credibilidad a las propuestas que hemos conocido más en detalle estos días, si es que podemos creer a quienes las han revelado más a fondo en los medios de comunicación. Como en Aragón y el Proyecto en los Monegros, las preguntas que vienen en seguida son por este orden ¿es real la ….. Inversión o estamos ante un nueva manifestación del síndrome conocido como “Bienvenido Mr. Marshall”?; y si la hubiera ………. ¿puede crearse una “isla legal”, incluidas vallas y  fronteras, en el territorio de Madrid?. Difícil lo pone el Derecho, aunque  la propuesta venga acompañada (no me creo que “elaborada”) por un reputado despacho de abogados español, a la que solo falta solicitar la modificación de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para completar la panoplia de necesidades legales previas.  La contrapropuesta del tejido empresarial  madrileño parece puesta en bandeja utilizando las mismas ventajas y excepciones al Derecho vigente que se anunciaron:   aplíquense solo algunas de las medidas solicitadas por Mr. Adelson a los negocios de juego ya instalados en Madrid, y al alcance de una Ley de Medidas como las aprobada ahora (levantamiento de la prohibición de fumar en establecimientos de juego, reducción sustancial o eliminación de los Impuestos directos sobre el Juego; homologación y autorización inmediata de todo tipo de nuevos juegos incluso en bares) y se verá incrementar automáticamente el número de locales que podrían dedicarse a toda clase de juegos de azar, las inversiones de estos se multiplicarían, y se sumarían así varios miles de empleos relacionados con estas actividades ……….. ¡ sin necesidad de expropiar a nadie, ni de cambiar Valdemingómez de sitio, hombre!.

Sobre esta singular cuestión volveremos sin duda más adelante.

Con otra expresión castiza me tengo que despedir por hoy: “…¡Ay, Madrid de mis amores, …quien te ha visto y quien te ve!”

Carlos Lalanda Fernández

Masdrid, 21-12-2011