Memoria de la DGOJ de 2017

 width=La DGOJ ha publicado su \»Memoria Anual\» correspondiente al ejercicio 2017. Sin embargo, la Memoria  ofrecida es esta vez, únicamente, una Memoria del propio organismo y que recaba y resume sus datos en una denominada \»Memoria de actividad\»  en la que se reflejan las numerosas actividades llevadas a cabo en el ejercicio 2017 según los Departamentos o Subdirecciones que la integran, destacando la del control e inspección de los numerosos operadores licenciados, pero también la lucha contra las webs no autorizadas, o la colaboración con otros órganos en la lucha contra el amaño en las apuestas; además, se reseña la extensa labor institucional, en España o en el ámbito o internacional, que se desarrolla por los integrantes de este centro directivo. Se detallan las denuncias y consultas atendidas. Por último, se ofrece información de las demás competencias que sigue ejercitando y que afectan al juego presencial: la gestión del Registro de Prohibidos, y el otorgamiento de autorizaciones para máquinas de juego en buques.

El importe de las \»tasas administrativas\» (distintas al Impuesto sobre el Juego, sobre el que nada se dice) recaudadas en la DGOJ por diversos conceptos de tramitación o del gravamen del 0,75/0000 sobre el total apostado, ascendió en ese año a 15,4 Millones de euros. La recaudación de estas tasas no debería, por definición, superar el \»coste del servicio\», y sin embargo ascienden a más del doble de la cantidad del gasto presupuestado para este organismo.

Por el contrario ya no ofrece, como en años anteriores, información detallada de las cifras de los juegos, más allá de los juegos online. Solo constan los datos  globales de la ONCE, y de SELAE. Recordemos que los datos económicos referentes a los juegos online son de su competencia y control, y cuyos datos ya se publican trimestralmente.

Sobre esta notoria ausencia se anuncia, no obstante, que los datos relativos al mercado de juego en España 2017 se presentarán próximamente, a partir de un nuevo formato interoperable por parte del usuario, que posibilita la selección de información por canal, regulador-operador, tipo de juego, así como información de ejercicios anteriores.

Recordemos que entre las decisiones del Consejo de Políticas de Juego, celebrado el 12 de Septiembre de 2017 se constataba un esfuerzo por recabar, sintetizar, y publicar un estado de los juegos de azar en España, y no solo los de competencia estatal. En dicha reunión se aprobó un programa de trabajo 2017/2018, en el que se decía lo siguiente en relación con este punto:

  • III. ELABORACIÓN DE UNA MEMORIA CONJUNTA SOBRE LA ACTIVIDAD DE JUEGO EN ESPAÑA.
  • a. Contexto y objetivos
    En consonancia con la pluralidad de esferas competenciales existentes, existen en el momento actual una diversidad de fuentes público-administrativas de información económica y estadística en relación con la actividad de juego, a nivel tanto estatal como autonómico, sin perjuicio además de otras iniciativas privadas al respecto.
    Del lado del Estado, la Dirección General de Ordenación del Juego publica su Memoria Anual en la que, además de dar cuenta de su actividad institucional, se pretende proporcionar información sobre la actividad económica del sector en su totalidad.
    Partiendo de dicha experiencia, así como de la del resto de Comunidades Autónomas, la iniciativa tendría por objeto residenciar en el seno del Consejo de Políticas del Juego la elaboración y publicación de este tipo de información.
    Una memoria de la actividad de juego en España que contenga datos de actividad actualizados, fiables y relevantes, requiere de una actuación coordinada entre los diferentes reguladores de juego. Se considera que la mayor coordinación y participación entre todas las autoridades responsables, derivadas del carácter conjunto del proyecto, del diseño común del producto y de la asunción del resultado por el Consejo de Políticas de Juego reforzarían la calidad de la información que actualmente se publica a través de la memoria anual, así como su utilidad para agentes públicos y privados, proporcionando una
    verdadera visión global de la actividad desde la óptica de las autoridades competentes.
    En atención a lo anterior, en el marco de los Grupos de Trabajo, se establecerían las bases y método de trabajo para el intercambio de información y toma de datos para la elaboración de la memoria, la cual correría a cargo de la Dirección General de Ordenación del Juego.
  • b. Esquema de trabajo
     Definición de las principales variables de contenido de la memoria: catálogo de datos mínimos a recoger y otros elementos de valor añadido,
     Diseño y contenido de los cuestionarios de recogida de datos
     Fijación de calendarios de recogida de datos y de publicación de la memoria.
     Determinación del formato, alcance y contenido del documento a publicar.
  • c. Fecha tentativa de cierre del proyecto
    Final de 2018.

Aunque las Comunidades Autónomas en la actualidad tienen competencia exclusiva en materia de juegos de suerte, envite y azar celebrados en su territorio respectivo, y todas ellas la han asumido, los datos y las memorias anuales que publican a veces resultan ser muy escuetas y tardías, y en algunos casos inexistentes. Y su estructura es difícilmente homogénea entre sí, por lo que la acción del Estado Central es determinante.

El Estado sigue manteniendo las competencias residuales centralizadoras, hasta el punto de poder exigir esta clase de control informativo sobre las competencias cedidas:

  • La acción “coordinadora” de la información económica  o estadística.  Para homogeneizar los datos, para establecer unos mínimos contenidos, y no solo de las cifras económicas de los juegos, sino también contribuir al conocimiento público de cuales son las Aportaciones por Tasa de Juego al erario público, y el nº de empleos que genera el sector . La información exhaustiva que se ofrece sobre los “juegos online” contrasta con la escasa ( y por ahora inexistente en 2017) en otros subsectores, dibujando un cuadro distorsionado de la realidad, cuyo fiel reflejo es uno de los objetivos y la razón de ser de una información central y unificada. Esta competencia y acción debe ser potenciada.
  • De entre los preceptos “olvidados” por el quehacer diario está la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de Diciembre, de transferencias de competencias a Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del Art. 143 de la Constitución, plenamente vigente en dos puntos que son de actualidad: creaba la Conferencia Sectorial (del juego) ; y en lo que nos ocupa ahora, establecía  las “Modalidades de control” de las competencias transferidas a las CCAA, en su Título III.  Dentro de estas últimas, se recogen dos obligaciones esenciales de las CCAA receptoras de las competencias:  \» facilitar la información que la Administración del Estado solicite\», y \»mantener el nivel de eficacia que tengan el momento de la transferencia\». La sanción por el incumplimiento de estas obligaciones es gravísima: el Gobierno puede requerir a la Comunidad Autónoma primero, e incluso si persiste el incumplimiento después, suspender las facultades y servicios dando cuenta a las Cortes Generales llegando incluso a revocar el ejercicio de la facultad transferida.Así pues, las CCAA deberían aportar datos e informar, y según se observaba año a año en la Memoria, no lo hacen todas o no lo hacen adecuadamente; hasta el punto de haber abocado a la eliminación total de esta importante información pública, solo obtenible muy parcialmente y a destiempo, peregrinando Comunidad por Comunidad,
  • Por otro lado, El Estado conserva la competencia en materia “estadística para fines estatales” (Art. 149. 1. 31 CE) y  por tanto no habría obstáculo alguno, sino todo lo contrario, para recabar información a las Administraciones Públicas, e incluso a los ciudadanos o empresarios, al objeto de formular una verdadera y eficaz “Memoria del Juego en España”.

Loyra Abogados

 

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