Castilla La Mancha. Orden de 6 de mayo de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas



La Orden de 6 de Mayo de 2015, [2016/5250] de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, (D.O.C.M. núm, 96, de 18 de Mayo) desarrolla las reglas y requisitos del juego del punto y banca y sus distintas modalidades previstas en el Decreto 82/2013, 23 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla-La Mancha.
El “punto y banca” es una modalidad de juego de azar, practicada con naipes de forma presencial o a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, en el que existen distintas modalidades:
a) Punto y banca. Es un juego de cartas que enfrenta a varios jugadores entre sí, pudiendo el resto de aquellos apostar tanto a favor de la banca como contra ella. Corresponde en todo caso al casino de juego el ejercicio de la banca.
b) Mini punto y banca. Sus particularidades son que la mesa de juego tiene una dimensión inferior a la normal, que está dividida hasta en nueve departamentos, pudiendo la dirección del casino de juego opcionalmente permitir la participación de jugadores de pie, sin que los jugadores, tanto se encuentren sentados como de pie, puedan tocar las cartas.
c) Midi punto y banca. Responde a los mismos principios que la modalidad anterior, con la particularidad que, en ésta, los jugadores que reciban cartas y se encuentren sentados pueden tocarlas.
En cuanto a las Reglas de juego, cada jugador recibe inicialmente dos cartas o naipes. El valor del juego depende de los puntos adjudicados a cada carta o naipe, que son los que lleva inscritos, salvo el 10 y las figuras, que no tienen ningún valor numérico, y el As, que vale un punto. En la suma de los puntos se desprecian las decenas y sólo tiene valor, a efectos del juego, la cifra de unidades. Ganará aquél cuya puntuación sea de nueve o esté más próxima a dicha cifra. En caso de empate, la jugada será considerada nula y las apuestas podrán ser retiradas.
Recibidas las dos primeras cartas por la “mano” del jugador y la “mano” de la banca, si la puntuación de alguna de éstas es de 8 ó 9, el juego se da por finalizado, no pudiendo la otra “mano” solicitar una tercera carta. Y en esta tercera carta el jugador debe pedir nueva carta o plantarse, lo mismo que la banca, según la tabla establecida.
Esta Orden entró en vigor el 19 de Mayo de 2016

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