Sentencia del T.S.J. de Illes Balears de 18 de Enero de 2016



La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (Sala de lo Contencioso Admvo, Sección 1ª), de 18 de Enero de 2016 considera que la prórroga concedida a la entidad adjudicataria para obtener la licencia de funcionamiento es válida pues fue solicitada y concedida antes del transcurso del plazo de un año inicialmente concedido desde la adjudicación de la autorización de instalación; y a ello no obsta que tuviera obligación de solicitar la licencia un mes antes de la finalización de dicho plazo.