Cambio de Gobierno y Juego

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El pasado sábado nos levantábamos con un nuevo Presidente del Gobierno. Y esta misma semana habrá nuevos Ministros.

Nos preguntamos si esto supone, en un horizonte a corto y medio plazo, si algo va a cambiar en un sector fuertemente regulado e intervenido como es el de los juegos de azar.

Estando como estamos en un Estado de Derecho, lo primero es acudir a la confianza en la seguridad jurídica. Por ello debemos repasar cual es el marco legal en el que se mueve esta actividad y cuales son las bases en las que se apoya esta intervención; y hacer en lo posible un ejercicio predictivo.

Marco normativo legal y constitucional

En España la intervención de los poderes públicos sobre este sector es bicéfala, hay una parte bajo la competencia del Estado Central que es numéricamente minoritaria (juegos estatales y juego online) y otra bajo la competencia de las Comunidades Autónomas , mayoritaria (juegos presenciales en establecimientos públicos).

De ahí que, en primer lugar, debamos advertir que el contexto del cambio del Gobierno de la Nación afecta a una parte minoritaria de la intervención.

Desde la perspectiva de estar ante una actividad empresarial, los principios generales aplicables son la libertad de empresa y la libre prestación de servicios, ambos anclados en la Constitución y los Tratados de la UE.

Un cambio de Gobierno como el acaecido no supone ni mucho menos una modificación constitucional ni de los Tratados con Europa. Y en consecuencia, que no estamos ante un cambio de paradigma en el estatuto actual de la intervención en el juego.

Cambios normativos en curso y modificaciones previstas

Visto lo anterior, hay que analizar si este brusco e inesperado cambio de Gobierno puede dar lugar a un cambio en las líneas normativas actuales. Legales o Reglamentarias.

El principal cambio normativo que hoy se tramita a nivel estatal es la modificación tributaria sobre el juego incluida en el Proyecto de Presupuestos Generales de Estado de 2018, aprobados en el Congreso, y pendientes de aprobación por el Senado en la sesión de 19 de junio. Se trata de una relativamente importante modificación que reduce los tipos tributarios de la tasa de juego para el juego online, y otorga ciertos beneficios fiscales para Ceuta y Melilla, que podrían constituir una especie de “efecto llamada” para domiciliar en estas Ciudades Autónoma ciertas empresas de juego online, coincidiendo además con el próximo “Brexit” que incluye Gibraltar, y que obliga a cambiar el domicilio de algunas entidades allí domiciliadas y con licencia en España. También contiene el Proyecto una modificación del límite de exención del gravamen especial sobre loterías, esta vez en el IRPF. Los tres sectores concernidos (licenciatarios online, territorios de Ceuta y Melilla, SELAE), no deberían variar sus expectativas, si tenemos en cuenta que el nuevo Presidente se comprometió expresamente a respetar la llegada a término de esta Ley.

Las modificaciones reglamentarias en curso sí pueden verse afectadas, especialmente el tan esperado Reglamento de Publicidad de los juegos online, cuya tramitación parece no tener fin. Aparcado el Proyecto de Decreto en 2015 con la disolución de las Cortes, y retomado en 2017, un nuevo responsable del Ministerio donde se encuadra la Dirección General del Juego puede atender en esta materia líneas muy distintas a las ahora largamente debatidas y casi ya fijadas definitivamente en su texto. Y más si pensamos en las recientes propuestas no de Ley aprobadas en el Congreso y en el Senado sobre este asunto. De forma lamentable, un Reglamento que es necesario según la misma Ley del Juego puede, de nuevo, volver a pasar “al limbo de los justos”.

Las otras modificaciones Reglamentarias que se tramitan bajo los impulsos de la Dirección General del Juego son las que completan la tercera convocatoria de licencias generales online. Con un plazo actualmente abierto hasta el mes de diciembre, muchos potenciales solicitantes están a la espera de las citadas modificaciones para adoptar sus decisiones. La convocatoria solo puede entenderse y completarse con las tramitaciones de las Órdenes Ministeriales modificativas de los distintos juegos (se anunciaba que era inminente), y de la Orden relativa al reforzamiento de las garantías de los jugadores y del control sobre el juego online. Aunque nada impide que continúen estas tramitaciones ya iniciadas con la promoción de la Dirección General del Juego, el nuevo ministro debería adoptar una rápida iniciativa en este sentido, o ampliar el plazo de solicitud.

Y ello con independencia del cambio del titular de la Dirección General del Juego, que es lo más probable en el contexto de un cambio de color político de Gobierno.

Cambios a medio plazo. Elecciones y mapas resultantes.

El medio plazo es mucho más imprevisible, en todos los escenarios. A las obligatorias elecciones autonómicas el próximo mayo de 2019, se añadirá el adelanto las elecciones nacionales, más que probable en este mismo 2018, o en el próximo. La únicas Comunidades Autónomas que quedarán fuera de este condicionamiento son Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía, con libre calendario electoral.

Las políticas del juego, siempre dentro del marco constitucional antes citado, y vistos los desplazamientos partidistas, pueden variar ostensiblemente a medio plazo, tanto en el contexto estatal como en el autonómico.

Y las incógnitas en este sentido son grandes, pues, a salvo de algunas muy particulares manifestaciones, las líneas y propuestas de los principales partidos políticos en esta materia son desconocidas, o incluso erráticas. Va a ser necesaria y conveniente una importante labor de acercamiento a los núcleos del gobierno de la acción partidista, en todos los terrenos.

Hay en curso varias modificaciones de las leyes de Juego autonómicas en la actualidad que podrían verse más o menos afectadas (Comunidad Valenciana, la más avanzada en su tramitación, pero también Galicia o Murcia); a lo que se añade la distorsión emanada de alguna reciente sentencia en Illes Balears que puede también determinar algún cambio legal. Y la excepcional modificación legal en Extremadura para introducir grandes complejos de ocio y juego (denominada “Legio”).

La aplicación de numerosos reglamentos sectoriales  y la tramitación en curso de la modificación de varios reglamentos requiere de una mínima continuidad de los equipos de Gobierno autonómicos que los impulsaron, y que podrían verse igualmente afectados si es que estos Gobiernos también cambian.

En muchos casos se han asumido normativamente una parte importante de los problemas y necesidades de este segmento económico. Va a ser muy decisivo para el mantenimiento de las políticas adoptadas por los responsables autonómicos en estos últimos años, que hayan calado en sus respectivos ámbitos, y esto habrá que comprobarlo.

Una última predicción: el mapa del Parlamentos Nacional y de los autonómicos va a estar muy fragmentado en un futuro próximo. Y como consecuencia, los cambios radicales normativos en el Sector del juego van a ser muy improbables.

Carlos Lalanda Fernández.

Madrid, 4 de junio de 2018.

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