La Orden EYH/960/2017, de 2 de Noviembre, de la Consejería de Economía y Hacienda (B.O.C y L. núm. 212, de 6 de Noviembre) regula el régimen transitorio de tributación de la tasa fiscal sobre el juego durante el año 2017, por cuanto la Ley 2/2017, de 4 de Julio de Medidas Tributarias estableció modificaciones en la tributación del juego, con efectos retroactivos del 1 de Enero de 2017, y se remitía a una Orden para regularizar las situaciones en las que, normalmente, se había tributado en exceso, y son procedentes las devoluciones o compensaciones precisas, que podrán solicitarse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la Orden.
El Artículo 1 se refiere a las cuotas fijas de las máquinas de juego, que podrían acogerse a las cuotas reducidas aprobadas en dicha Ley mediante la devolución de ingresos oportuna.
El Artículo 2 se refiere a las tasas aplicables a los bingos con posible aplicación de cuotas reducidas aprobadas en dicha Ley y en consecuencia a la devolución de ingresos indebidos, solicitándolo en el plazo de un mes.
El Artículo 3 se refiere a las deudas tributarias de los casinos que también podrán utilizar el procedimiento de devolución de ingresos indebidos en el plazo de un mes desde la finalización del plazo voluntario del último trimestre de 2017.
Esta Orden entró en vigor el 6 de noviembre de 2017.