Extremadura. Orden de 3 de abril de 2019 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (D.O.E. núm. 69, de 9 de Abril), fotografía del texto escrito

Extremadura. Orden de 3 de abril de 2019 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (D.O.E. núm. 69, de 9 de Abril)

La Orden de 3 de abril de 2019 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (D.O.E. núm. 69, de 9 de Abril) regula una nueva la modalidad de bingo electrónico denominado “ bingo mixto” en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que permite a los jugadores participar en el juego empleando soportes o terminales electrónicos conjuntamente con cartones impresos, con el fin de hacer más accesible la participación del jugador tradicional en este tipo de juego.

La modalidad del bingo electrónico en sus diferentes variantes se encuentra en la actualidad implantada y regulada en prácticamente todas las comunidades autónomas y para su organización, explotación y práctica se emplean sistemas y equipos tecnológicos que garantizan la máxima transparencia en el juego y la seguridad informática en su funcionamiento. Esta Orden regula con detalle los elementos del juego, las reglas y desarrollo de esta modalidad, todo ello bajo el cumplimiento de unos requisitos estrictos que garanticen la seguridad y fiabilidad técnica del sistema de juego.

En el bingo mixto el juego se desarrolla a través de sistemas, elementos o terminales, estando presentes en la sala de bingo los jugadores, quienes, mediante la adquisición de uno o más cartones electrónicos o físicos, integrados por 90 números, participan conjunta y simultáneamente en una partida, resultandos ganadores aquellos que conformen las combinaciones ganadoras establecidas.

La autorización deberá solicitarse por la empresa titular de la sala de bingo, y se otorgará por el mismo plazo que el de la autorización de funcionamiento.

Las partidas se conformarán mediante cartones en soporte electrónico, utilizando terminales, o en soporte papel, siendo el porcentaje de premios entre el 70% y el 80% de las cantidades jugadas, distribuyéndose estos premios entre premios de bingo y premios de bolsa acumulada.

Dependiendo de la categoría de la sala, el número mínimo de terminales de esta modalidad será de 15 (1ª categoría); 10 (2ª categoría); y 5 (3ªcategoría).

El juego y la emisión de cartones electrónicos será generado por un sistema informático, cuyo control y seguimiento se podrá realizar mediante conexión informática segura con los órganos competentes de la Junta de Extremadura.

La Orden entró en vigor el 10 de Abril de 2019