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Extracto: A través de este comentario, suscitado por una reciente contestación del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) sobre el concepto de la cifra de negocios de las empresas de apuestas, el autor hace acopio de las distintas y contradictorias resoluciones de este organismo, pero también de los Tribunales, sobre los distintos tipos de juegos de azar y su diferente forma de concepción del problema contable y jurídico al que se enfrentan los distintos empresarios de este sector empresarial.
También reflexiona sobre la naturaleza de los contratos sobre los que en definitiva se sustenta toda su actividad, y sus consecuencias en la contabilización.
La conclusión es que las autoridades contables, financieras o tributarias, y por último, los Tribunales de justicia que han tenido ocasión de afrontar los problemas de distinta índole derivados de la contabilización de los juegos de azar han optado por la solución más pragmática, pero no por ello más real: la facilidad de obtención del dato contable.
Esto ocasiona una grave distorsión comparativa entre los distintos juegos de azar, pero se vaticina que la generalización de la digitalización de todos los juegos, y en definitiva su total control desde la misma apuesta, conllevará a unificar este parámetro.
Índice:
- Introducción al problema
- Un problema terminológico previo…..¿”cifra de negocios” o “volumen de operaciones”?
- ¿Es interesante conocer la cifra de negocios o el “Volumen de operaciones” para los empresarios operadores de los juegos de azar?
- La “operación” en los juegos de azar. El contrato de juego o apuesta
- ¿Es posible contabilizar la totalidad de las operaciones en las apuestas y los juegos de azar?
- Conceptos distintos al de operación en los juegos de azar, pero contabilizables
- Hacia la digitalización y el control contable total.