La Ley del Principado de Asturias 9/2017, de 24 de Noviembre (B.O.P.A. núm. 278, de 1 de Diciembre), modifica puntualmente la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas, en el sentido de eliminar la obligación de obtener los denominados “documentos profesionales “ a los empleados de empresas de juego. Esta supresión da cumplimiento tanto al presunto “Acuerdo” adoptado por el Consejo de Políticas de Juego el 14 de diciembre de 2014, como más bien al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Estado- Asturias de 23 de febrero de 2015, que se refería a la adecuación a los principios y normas de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado.
Esta modificación supone la derogación del párrafo e) del Artículos 14.1 de la Ley y la modificación del Art. 34 ambos relativos a la exigencia del citado carné profesional. Además, se derogan expresamente los artículos reglamentarios que imponían esta obligación en el caso de las empresas de explotación de máquinas de juego, de bingos o de casinos.
Esta Ley entró en vigor el 21 de diciembre de 2017.