Sentencia. del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Zaragoza, de 4 de Julio de 2017

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La Sentencia. del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Zaragoza, de 4 de Julio de 2017 declara la nulidad de dos sanciones impuestas en relación con los deberes de los empresarios y prohibiciones de acceso a salones de juego en Aragón. Una de ellas se impuso por no haberse impedido la entrada de un niño de 3 años en la zona de hostelería del salón, acompañado de su padre. La inocuidad del precepto respecto a menores de esta edad, y además acompañado para visitar a un familiar, fuera de la zona de máquinas especiales de salones, lleva al Juez a aplicar el principio “in dubio pro reo”, y declarar que en estos supuestos concretos tal conducta no puede considerarse infracción. La otra, que se imponía por no haberse procedido a identificar a los asistentes a estas salas, también decae por falta de rigor probatorio de los funcionarios y de la Administración sancionadora.

NOVEDADES

La sentencia del TS de 31/10/2023 sobre responsabilidad patrimonial de los poderes públicos derivada de los estados de alarma de 2020.

Loyra Abogados participará en Webinar: Aspectos Fiscales Clave para la Industria Audiovisual 2023

Patricia Lalanda, socia de LOYRA Abogados, hablará en Casino Beats Summit

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AGEO. Encuentro para la competitividad del sector del Juego (edición virtual)

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