sent-del-t-s-j-de-illes-balears-de-18-de-enero-de-2016La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (Sala de lo Contencioso Admvo, Sección 1ª), de 18 de Enero de 2016 considera que la prórroga concedida a la entidad adjudicataria para obtener la licencia de funcionamiento es válida pues fue solicitada y concedida antes del transcurso del plazo de un año inicialmente concedido desde la adjudicación de la autorización de instalación; y a ello no obsta que tuviera obligación de solicitar la licencia un mes antes de la finalización de dicho plazo.