La Orden de 19 de noviembre de 2015 del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas (B.O.ME. núm.5289, de 24 de Noviembre) regula las instrucciones relativas al desarrollo de los torneos en casinos de juego. Para ello debe solicitarse autorización al menos con 20 días de antelación a la fecha de celebración, indicándose fechas y horarios, aportando las bases de dicho torneo, cuyos premios pueden ser en especie.
La participación y reglas de los juegos deben ser semejantes a los juegos de casinos ya establecidos, y además deben cumplirse con las reglas habituales de control y registro en el servicio de admisión. La recaudación de las cuotas de inscripción revertirá en los premios, sin perjuicio de aplicarse un porcentaje para gastos que no podrá exceder del 10%.
Esta Orden entró en vigor el 24 de Noviembre de 2015